domingo, agosto 16, 2026
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SUNAT da 6 meses para consignar RUC por ventas en medios digitales

Durante este tiempo, las personas y empresas podrán adecuarse a la disposición y no serán multadas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Ad- ministración Tributaria (SUNAT) otorgó “un periodo de gracia” de 6 meses a las personas naturales y empresas para que se adecúen en la nueva disposición que ordena consignar su número de RUC en los documentos que utilicen para ofrecer sus productos, incluyendo medios digitales.

El plazo culmina el 31 de diciembre de este año, durante este periodo la SUNAT no colocará ninguna multa si observa alguna infracción de la norma.

“Estas facilidades comprenden un beneficio de discrecionalidad hasta el 31 de diciembre del 2023, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia Adjunta de Tributos Internos N° 000020-2023 publicada hoy”, informó la entidad.

Sunat recomendó a las personas naturales y a los negocios a informarse sobre la nueva disposición y sus procedimientos para “consignar su número RUC en las publicaciones que realicen y no reciban sanciones”.

Otro objetivo que busca al aplazar las multas es fo- mentar la formalización de al menos 200 000 contribu- yentes dedicados al comercio electrónico, en este grupo se incluyen creadores de contenido y negocios.

El trámite para la formalización es simple y gratuito. Se puede realizar a través del APP Personas o la página oficial de la Sunat, para tramitar la inscripción del RUC.

La resolución de la Sunat se publica antes que el de- creto legislativo 1524 entre en vigencia. Este D.L. obliga a «considerar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte bienes y servicios».

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